La suba en los topes de facturación y las nuevas obligaciones que conllevará el trámite.

Los números del esquema del monotributo se ajustan en igual medida que el incremento acumulado en el año previo de las jubilaciones y pensiones del sistema previsional que gestiona la Anses . A partir de enero del 2019, la suba será del 28,46%.

En el próximo año, la facturación máxima para ingresar o mantenerse en el esquema impositivo simplificado será de $1.151.066,58 anuales si la actividad es de servicios, o de $1.726.599,88 si el contribuyente se dedica al comercio.

El aporte para la obra social es de $689 por el titular, e igual monto por integrante del grupo familiar primario a quien se adhiera al plan de salud. Quedan exceptuados de los aportes a la salud y a la jubilación quienes ya están en el sistema de seguridad social por ser, además, asalariados. Los ingresos y sus impuestos quedan confirmados de la siguiente manera:

Ingresos de hasta $138.127,99 anuales. Impuesto: $111,81; aporte jubilatorio: $493,31. Pago total: $1294,12.

Ingresos de más de $138.127,99 y de hasta $207.191,98. Impuesto: $215,42; aporte jubilatorio: $542,64. Pago total: $1447,06.

Ingresos de más de $207.191,98 y de hasta $276.255,98. Impuesto: $368,34 (servicios) o $340,38 (comercio); aporte jubilatorio: $596,91. Pago total: $1654,25 (servicios) o $1626,29 (comercio).

Ingresos de más de $276.255,98 y de hasta $414.383,98. Impuesto: $605,13 (servicios) o $559,09 (comercio); aporte jubilatorio: $656,60. Pago total: $1950,73 (servicios) o $1904,69 (comercio).

Ingresos de más de $414.383,98 y de hasta $552.511,95. Impuesto: $1151,06 (servicios) o $892,89 (comercio); aporte jubilatorio: $722,26. Pago total: $2562,32 (servicios) o $2304,15 (comercio).

Ingresos de más de $552.511,95 y de hasta $690.639,95. Impuesto: $1583,54 (servicios) o $1165,86 (comercio); aporte jubilatorio: $794,48. Pago total: $3067,02 (servicios) o $2649,34 (comercio).

Ingresos de más de $690.639,95 y de hasta $828.767,94. Impuesto: $2014,37 (servicios) o $1453,62 (comercio); aporte jubilatorio: $873,93. Pago total: $3577,30 (servicios) o $3016,55 (comercio).

Ingresos de más de $828.767,94 y de hasta $1.151.066,58. Impuesto; $4604,26 (servicios) o $3568,31 (comercio); aporte jubilatorio: $961,32. Pago total: $6254,58 (servicios) o $5218,63 (comercio).

Ingresos de más de $1.151.066,58 y de hasta $1.352.503,24 (solo rige para comercio). Impuesto: $5755,33; aporte jubilatorio: $1057,46. Pago total: $7501,79.

Ingresos de más de $1.352.503,24 y de hasta $1.553.939,89 (solo rige para comercio). Impuesto: $6763,34; aporte jubilatorio: $1163,21. Pago total: $8615,55.

Ingresos de más de $1.553.939,89 y de hasta $1.726.599,88 (comercio). Impuesto: $7769,70; aporte jubilatorio: $1279,52. Total: $9738,22.

Los monotributistas en 2019 quedarán obligados a emitir sus facturas de manera electrónica. Para quienes están en las categorías que van de la D a la K ya rige tal exigencia. A partir del 1° de febrero deberán hacer sus comprobantes en línea quienes estén incluidos en la categoría C; en marzo se sumarán los de la B y en abril, los de la A.

Desde el 1° de abril quedarán todas las operaciones alcanzadas por este requisito. Para cumplir con la normativa se puede optar por la factura en línea o por el controlador fiscal. En el primer caso, la factura se emite desde la página de la AFIP accediendo con la clave fiscal al servicio interactivo “Comprobantes en línea”, luego de haber declarado un nuevo punto de venta (en el servicio “ABM- Puntos de Venta”). También puede ingresarse al facturador móvil a través de la aplicación del monotributo.

Desde enero regirá por completo el nuevo esquema de recategorización que implica la vigencia de dos al año, una en enero y otra en julio, en lugar del sistema de tres anuales que estaba vigente hasta hace poco. Así, hasta el día 21 del mes próximo habrá tiempo para hacer el trámite, que será obligatorio para quienes deban mudarse de categoría por no encuadrar más en la que se está, ya sea por el nivel de facturación o ya sea por un cambio en alguna de las otras variables que definen cómo ubicarse en la tabla: superficie asignada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados. En esa oportunidad, habrá que observar los ingresos de los últimos 12 meses y compararlos con los valores de la tabla que regirá desde enero.

Una vez vencido el plazo, la AFIP hace recategorizaciones de oficio cuando tiene elementos que le indican que el nivel de ingresos no corresponde al declarado.

Fuente: https://marcelobonelli.cienradios.com/cuales-los-cambios-tendra-monotributo-2019/